Establecimientos hoteleros
En Andalucía entendemos por establecimiento hotelero el conjunto de bienes, muebles e inmuebles, que, formando una unidad funcional autónoma, es explotado por una empresa para la prestación del servicio turístico de alojamiento. Se clasifican en grupos, categorías, modalidades y, en su caso, especialidades, siendo las tres primeras clasificaciones de carácter obligatorio.
Según el grupo, los establecimientos hoteleros pueden ser hoteles, hoteles-apartamentos, hostales, pensiones o albergues.
Normativa
Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE)